El Real Decreto-ley 20/22 de 27 de diciembre recoge entre otras medidas anticrisis, la rebaja del IVA en productos de la cesta de la compra, que ha entrado en vigor el 1 de enero, consiste en fijar de manera temporal un IVA del 0% para los productos básicos y en la rebaja del IVA de otros alimentos, que pasan del 10% (tipo reducido) al 5%.

¿Qué productos tienen IVA al 0%? El pan común, incluso congelado, solo si no lleva otros añadidos, las harinas panificables, no la harina normal o de repostería o de rebozar, la leche, liquida, en polvo, UHT o fresca (pasterizada) también estaría al 0% y también al concentrada no la condensada que tiene el IVA habitual. También los quesos de todo tipo, frescos, o más o menos curados, de vaca, oveja, cabra, los huevos y las frutas y verduras frescas, desecadas, congeladas o de cuarta gama, siempre que no lleven otros ingredientes. Por último los tubérculos, cereales y legumbres secas, arroz, garbanzos, judías, maíz….

Esta rebaja al 0% no afecta a las conservas de verduras, frutas, legumbres… ni al arroz precocido, o patatas prefritas: esos productos tendrán el IVA que les corresponde del 10%. Lo mismo sucede con los panes especiales, de semillas, etc. que también mantendrán el 10%.

¿Cuáles tienen IVA del 5%? El aceite de oliva ya sea virgen extra, virgen, aceite de oliva o de orujo de oliva, los aceites de semillas, girasol soja o maíz y sus mezclas, las pastas alimenticias (macarrones, fideos, espaguetis).

Para OCU, esta rebaja es una muy buena noticia, y responde a sus peticiones desde hace tiempo. Pero consideran que aún se puede avanzar más, de forma que se rebaje especialmente el IVA de otros alimentos que también son necesarios, como las carnes o el pescado frescos, y se aplique esta medida sobre todo a los que tienen un perfil nutricional más saludable (como sucede con el pan integral, por ejemplo).

Por otro lado, esta medida es temporal: su vigencia se extenderá por 6 meses, hasta el próximo 30 de junio de 2023, aunque si la situación mejorara antes, por ejemplo si el IPC subyacente de marzo fuera inferior al 5,5% (ahora ronda el 7%), estas medidas finalizarían el 30 de abril.

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